Preguntas frecuentes

Censo 2022

Se podrá elegir entre dos alternativas para responder el Censo.

Por un lado, se encuentra el Censo digital. Es una herramienta que permite completar el cuestionario en línea. La población podrá responder las preguntas desde una computadora, tableta o celular con acceso a Internet de manera anticipada.

Quienes no elijan esta modalidad, podrán responder las preguntas en la entrevista directa el Día del Censo.

El Censo digital estará habilitado desde el miércoles 16 de marzo hasta el miércoles 18 de mayo de 2022 a las 8:00.

El Día del Censo será el miércoles 18 de mayo, declarado como feriado nacional a través del decreto 42/2022.

A partir de 8 de mayo Comienza el censo rural e islas

Sí. Todas las personas que habitan el territorio nacional tienen que responder las preguntas incluidas en el cuestionario censal, según el artículo 17 del Decreto 726/2020.

Sí. El Día del Censo será feriado nacional para que todas las personas puedan esperar en sus viviendas a las personas acreditadas para censar. Si vas a salir de tu casa, asegúrate de que en todo momento haya una persona presente que pueda responder las preguntas o presentar el comprobante de finalización del Censo digital.

Entre las 8:00 y las 18:00 una persona acreditada pasará por todas las viviendas de la República Argentina, hayan completado o no el cuestionario digital.

Las personas censistas tendrán una pechera con la imagen del Censo y una credencial con sus datos personales (nombre, apellido y DNI). Podrás verificar esta información en nuestro sitio web el Día del Censo.

Entre las 00:00 y las 20:00 del Día del Censo no se podrán realizar funciones teatrales, exhibiciones cinematográficas, competencias deportivas, espectáculos ni reuniones públicas. Tampoco podrán permanecer abiertos los clubes y comercios de venta de artículos alimenticios (Ley 24.254).

Información general sobre el Censo

Es el recuento de todas las personas, todos los hogares y todas las viviendas que se encuentran en el territorio nacional en un momento determinado.

Cuantificar y caracterizar las viviendas, los hogares y la población del país. A partir de los resultados del Censo, se podrán conocer las principales características demográficas y socioeconómicas de todas las personas que residen en el territorio nacional y sus condiciones habitacionales.

La información estadística que surge a partir del Censo es útil para fundamentar decisiones sobre las necesidades de la población. Es un insumo para diseñar y planificar políticas públicas esenciales en los ámbitos de la educación, la salud, el empleo, la vivienda, entre otros. También es utilizada por las personas y las empresas para investigar, planificar y llevar adelante proyectos basados en información confiable.

La División de Estadísticas de las Naciones Unidas recomienda que los censos de población, hogares y viviendas se realicen cada diez años. Preferentemente, deben realizarse en los años terminados en cero tal como lo establece el Decreto 3110/70, reglamentario de la Ley 17.622.

Si bien los censos de población se planifican de acuerdo a estas recomendaciones, esto no siempre es posible en todos los países. En Argentina, los censos de 1991, 2001 y 2022 no se llevaron a cabo en los años previstos inicialmente.

En un censo de derecho las personas son contabilizadas según su lugar de residencia habitual (donde pasan la mayor parte del tiempo durante la semana). Será la primera vez que se realice un censo de derecho en la Argentina. Los diez anteriores fueron censos de hecho, ya que se enumeraba a la población en el lugar donde había pasado la noche previa al Día del Censo.

Participarán más de 600 mil personas, entre censistas urbanos y rurales, coordinadores nacionales y provinciales y otros puestos que integran la estructura censal. Todas las personas que participen serán capacitadas a través de un campus virtual desarrollado íntegramente por el INDEC.

Censo digital

Es una herramienta que permite completar el cuestionario censal en línea. La población podrá responder las preguntas desde cualquier dispositivo electrónico (computadora, tableta o celular) con acceso a Internet de manera anticipada.

Quienes no elijan esta modalidad podrán responder las preguntas en la entrevista directa que se les realizará el Día del Censo.

Es un código alfanumérico de 5 dígitos asociado a una vivienda. Se genera en la página de inicio del Censo digital utilizando un documento nacional de identidad y un domicilio. Lo recibirás por correo electrónico para completar el cuestionario censal. Si en la vivienda hay más de un hogar, todos los hogares utilizarán el mismo código único de la vivienda.

Se requieren alrededor de 20 minutos en el caso de un hogar unipersonal y aproximadamente 12 minutos adicionales, por persona, para hogares con más miembros.

Sí. El Censo digital puede completarse en diferentes momentos. Para eso, deberás conservar el código único de la vivienda que se te enviará por correo electrónico cuando ingreses por primera vez al Censo digital. Es importante recordar que las respuestas completadas se guardan automáticamente.

No. El Censo digital solo debe completarse en la vivienda en la que vivan habitualmente, es decir, donde residan y duerman 4 días o más a la semana. Una persona censista pasará el Día del Censo por tu vivienda de veraneo y la censará. De esta manera, se garantiza que todas las viviendas (desocupadas y ocupadas), todos los hogares y toda la población sean censados solo una vez.

Es un código alfanumérico de 6 dígitos que se genera automáticamente al terminar el completamiento del cuestionario censal. Se podrá descargar y, además, lo recibirás en el correo electrónico que registraste al inicio del Censo. Deberás conservarlo para presentarlo el Día del Censo. Si en la vivienda hay más de un hogar, todos los hogares utilizarán el mismo comprobante de finalización.

No es necesario imprimirlo. Hay que mostrárselo a la persona censista cuando visite tu vivienda el Día del Censo para que anote el comprobante de finalización.

Si, deberás completar el Censo 2022 ya que el Censo Experimental fue una prueba previa. Se realizó para ajustar aspectos del operativo con vistas al Censo.

No, tendrás que obtener un nuevo código único de la vivienda. El que generaste en el Censo Experimental quedará sin efecto.

No, tendrás que obtener un nuevo comprobante de finalización. El que obtuviste en el Censo Experimental quedara sin efecto.

Consultas técnicas sobre el Censo digital

Revisá la carpeta de correo no deseado del mail con el que te registraste y verificá el espacio disponible en tu correo electrónico. Si aún no encontrás el correo con el código, deberás esperar a la persona censista que visitará tu vivienda el Día del Censo. Ese día todas las personas que no hayan podido completar el cuestionario digital deberán responder el Censo mediante una entrevista presencial.

Recibirás el código único de la vivienda en el correo electrónico con el que iniciaste el Censo digital. Deberás conservarlo para reingresar al cuestionario cuantas veces necesites.

Si aparece en tu pantalla un cartel indicando que se presentó un inconveniente al generar el código único de la vivienda, deberás verificar si ya se había generado un código previamente para la dirección ingresada. En ese caso, tendrás que usarlo para acceder al Censo digital. Si el problema persiste, te sugerimos comunicarte con el 0800-22-CENSO (0800-222-3676) o esperar la entrevista presencial el Día del Censo.

Si ya finalizaste el Censo digital, deberás esperar la entrevista presencial el Día del Censo. Si todavía no habías terminado el cuestionario, cerrá sesión y volvé a generar un código con la dirección correcta. Tendrás que comenzar nuevamente el cuestionario y completarlo en su totalidad hasta obtener tu comprobante de finalización.

Primero, seleccioná los datos de provincia, partido/departamento/comuna y localidad. Luego, tocá el botón de “Ingreso manual” que está en la parte superior derecha de la pantalla para activarlo. Con esta opción, podés escribir manualmente el resto de los datos de tu dirección.

Si tu vivienda no tiene altura de calle, completá los datos de provincia, departamento o partido y localidad en la pantalla de ubicación geográfica. Luego, presioná el botón de “Ingreso manual” que te habilitará otra pantalla para poder escribir tu dirección. Ingresá los datos restantes de tu dirección y en el campo “Puerta N°/ Km”, escribí SN (Sin Número).

Deberás realizar el Censo presencial completo el Día del Censo cuando una persona censista visite tu domicilio entre las 8:00 y las 18:00. Es importante que todas las personas estén contadas en el Censo.

Podés editar el cuestionario en 3 instancias:

  • Al completar el listado de personas del hogar, el sistema permite la edición de la información de cada miembro cargado a través del ícono del lápiz. También se puede borrar una persona cargada por error con el ícono del tacho de residuos. Cuando selecciones “Aceptar” ya no se podrán editar las respuestas de este listado y se avanza dentro del cuestionario.
  • Al finalizar las preguntas sobre las características del hogar y la vivienda, el sistema te permitirá revisar las respuestas y te enviará hasta la primera pregunta del módulo en caso de que desees hacerlo. Deberás seleccionar la opción “Confirmar y continuar” para avanzar al próximo bloque.
  • Al finalizar las preguntas sobre población de cada miembro del hogar, el sistema te permitirá revisar las respuestas y te enviará hasta la primera pregunta del módulo en caso de que desees hacerlo. Deberás seleccionar la opción “Confirmar y continuar” para avanzar al próximo bloque.

No. Una vez finalizado el Censo digital en su totalidad, no se podrán editar las respuestas ingresadas anteriormente.

Día del Censo

Entre las 8:00 y las 18:00 del miércoles 18 de mayo de 2022, una persona censista, debidamente acreditada, visitará cada una de las viviendas del país, hayan completado o no el cuestionario digital.

Sí. Hay que esperar la visita el Día del Censo. Si debes salir de tu vivienda, asegúrate de que en todo momento haya otra persona presente que pueda responder las preguntas o presentar el comprobante del Censo digital.

Es fundamental esperar la visita el Día del Censo, aunque se haya completado el Censo digital porque se debe presentar a la persona que censa el comprobante de finalización para su registro. Tu hogar, vivienda y familia van a estar finalmente censadas cuando se transcriba en el cuestionario en papel el número de comprobante de finalización.

Si bien el Censo incluye la posibilidad de autocensarse en línea, el método sigue considerando que una persona censista visite cada vivienda para asegurarse que toda la población, los hogares y las viviendas del territorio argentino hayan sido contados.

No. Podés responder todas las preguntas o mostrar el comprobante de finalización del Censo digital desde el portero eléctrico, la puerta o la ventana de tu vivienda.

No. El cuestionario de la página web es una muestra del que se utilizará el día del operativo y su difusión es para que la población conozca qué se le preguntará. La persona censista es quien debe completarlo, ya que ha sido capacitada para que los datos del cuestionario en papel puedan ser cargados correctamente.

Sobre el contenido del Censo

El cuestionario censal contiene 61 preguntas que indagan sobre los siguientes temas:

Población
  • edad y sexo
  • lugar y fecha de nacimiento
  • lugar de residencia 5 años antes
  • nivel educativo
  • cobertura de salud
  • previsión social
  • autorreconocimiento étnico (pueblos originarios y afrodescendencia)
  • identidad de género
  • situación laboral
Vivienda y hogar
  • materiales con los que se encuentra construida la vivienda
  • condiciones sanitarias
  • régimen de tenencia de la vivienda
  • cantidad de habitaciones
  • acceso a servicios de agua, luz y gas
  • dificultad o limitación

Sí. Las preguntas del Censo son de respuesta obligatoria. Según el artículo 17 del Decreto 726/2020, “todos y todas los y las habitantes de la Nación quedan obligados y obligadas a responder la totalidad de las preguntas incluidas en el CENSO NACIONAL DE POBLACIÓN, HOGARES Y VIVIENDAS RONDA 2020, haciéndose saber que quienes no suministren en término, falseen u omitan la información solicitada incurrirán en infracción y serán pasibles de multa de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley N° 17.622”.

Un departamento o propiedad horizontal (PH) deberá registrarse como departamento porque forma parte de un edificio o estructura con una entrada común que contiene, por lo menos, dos viviendas (o una vivienda y uno o más locales) a las que se accede a través de pasillos, escaleras, zaguanes o ascensores de uso común.

No. Para el Censo, un hogar es la persona o grupo de personas que viven bajo un mismo techo y comparten sus gastos de comida. Por ejemplo, dos personas que viven juntas y comparten el alquiler, pero cada cual compra su propia comida deben registrarse como dos hogares dentro de la misma vivienda.

No. Se debe registrar la discapacidad o limitación de todas las personas, tengan o no Certificado Único de Discapacidad.

No se consideran las dificultades o limitaciones de bebés, niñas y niños que se deban a su edad.

Si la cocina y el comedor integran un mismo ambiente y están separados por algún mueble, ¿se contabiliza como un ambiente o como dos?

En caso de un mismo ambiente donde está la cocina y el comedor separados por algún mueble, se cuenta como un ambiente. Solo se contabilizan como dos ambientes aquellos que estén cerrados por paredes o tabiques (que se elevan desde el suelo hasta una altura de dos metros).

Sí. Se cuentan todos los ambientes, habitaciones, dormitorios o piezas que fueron diseñados y construidos para el descanso nocturno, sean o no utilizados actualmente para tal fin.

El sexo registrado al nacer es aquel que se transcribe en la partida de nacimiento o documento cuando nace una persona. Puede ser mujer/femenino, varón/masculino o x/ninguna de las anteriores. La identidad de género es entendida como la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, incluyendo la vivencia personal del cuerpo, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento. La identidad de género puede ser: mujer trans/travesti, varón trans/masculinidad trans, mujer, varón, no binario, u otra/ninguna de las anteriores. Además, se podrán seleccionar las opciones “prefiero no contestar” e “ignorado”.

Sí. Es importante que la persona que responda el Censo conozca la información de todos los miembros de su hogar para poder responder las preguntas. En caso de desconocer la respuesta sobre identidad de género, existe la opción “ignorado”.

Sí. Es importante que la persona que responda el Censo conozca la información de todos los miembros de su hogar para poder responder las preguntas. En caso de desconocer la respuesta sobre autorreconocimiento indígena o afrodescendiente, existe la opción “ignorado”.

Si se dejó de cursar algún nivel educativo de forma circunstancial, pero se piensa retornar, ¿se debe responder que se cursa actualmente o no?

No. En ese caso, se deberá registrar que no se asiste actualmente pero que asistió.

La educación especial es una modalidad del sistema educativo en todos los niveles. Si la persona censada cursa en la modalidad de educación especial deberá registrar en qué nivel se encuentra (jardín maternal, guardería, centro de cuidado, salas de 0 a 3, sala de 4 o 5, primario, secundario, terciario no universitario, universitario de grado o posgrado).

Deberá marcar el año que se encuentre cursando actualmente o el último año que haya aprobado, independientemente de la cantidad de años que hace que está cursando.

El curso de ingreso y los cursos de nivelación universitaria se consideran como primer año.

¿Cómo y dónde censar a cada persona?

La jefa, el jefe o la persona de referencia del hogar es la persona reconocida como tal por los demás miembros del hogar. A partir de este rol, se determinan y ordenan las relaciones o parentescos de las personas que viven en el hogar.

Se deben censar todas las personas que residen y duermen en la vivienda 4 días o más en la semana.

Las viviendas particulares son aquellas destinadas al alojamiento de uno o más hogares en donde las personas viven bajo un régimen de tipo familiar (sean o no parientes). Estas viviendas pueden estar habitadas o deshabitadas. Los tipos de viviendas particulares son: casa, rancho, casilla, departamento, pieza ocupada en inquilinato, en hotel familiar o pensión, local no construido para habitación ocupado y vivienda móvil ocupada (casa rodante, barco, carpa u otra).

Los hogares en viviendas particulares pueden autocompletar su cuestionario a través del Censo digital, o esperar la visita el Día del Censo.

Las viviendas colectivas son aquellas destinadas al alojamiento de personas que viven bajo un régimen institucional (no familiar). Están reguladas por normas de convivencia de carácter administrativo, militar, religioso, de salud, de reclusión, de trabajo, de educación, etc. Los tipos de viviendas colectivas son: cuarteles, hogares de religiosos, hospitales, hogares de ancianos, prisiones, campamentos/obradores, residencias de estudiantes, colegios o internados, hogares de menores y hoteles turísticos.

Las viviendas colectivas no pueden responder el cuestionario a través del Censo digital. Deberán esperar la entrevista presencial el Día del Censo.

  • Todos los bebés que nacieron antes de las 00 horas de la fecha de referencia del Censo y se prevé que vivirán en una vivienda colectiva.
  • Todas las personas que fallecieron después de las 00 horas de la fecha de referencia del censo y residían o dormían en una vivienda colectiva 4 días o más en la semana en calidad de internas / internadas / huéspedes.
  • Todas las personas que residen y duermen en la vivienda colectiva 4 días o más en la semana que incluye la fecha de referencia del censo, en calidad de internas / internadas / huéspedes y no regresan habitualmente a una vivienda particular.
  • Todas las personas (marinos mercantes o pescadores) que residen y duermen en barcos de bandera argentina 4 días o más en la semana que incluye la fecha de referencia del censo y no tienen previsto regresar a la Argentina antes de 6 meses. Se censarán a través de los organismos competentes.

Se deben censar donde residen y duermen 4 días o más a la semana, aunque tengan también otro hogar. Si habitualmente pasan la misma cantidad de días en los dos hogares, se incluyen solo en uno de ellos.

Se censan en la localidad en la que estudian.

Si las visitas pasan 4 días o más a la semana en la vivienda, pero se censarán en su lugar de residencia habitual, no corresponde censarlas.

Si el bebé nació antes de las 00 horas de la fecha de referencia del Censo y se espera que viva en esa vivienda, se debe incluir como miembro del hogar.

Si la persona falleció después de las 00 horas de la fecha de referencia del Censo y residía en la vivienda 4 días o más a la semana, se debe incluir como miembro del hogar.

Si la persona duerme 4 días a la semana o más en la vivienda donde trabaja pero regresa a su vivienda (donde tiene su hogar), se censará allí. Si la persona no regresa a su vivienda, corresponde censarla en el lugar en donde trabaja.

Las personas (de cualquier nacionalidad) que residen y duermen en alguna legación diplomática argentina en el extranjero 4 días o más en la semana se censan a través del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Las personas (marinos mercantes o pescadores) que residen y duermen en barcos de bandera argentina 4 días o más en la semana de la fecha de referencia del Censo y tienen previsto regresar a la Argentina durante los siguientes 6 meses se censan en la vivienda a la que regresarán.

Las que no tienen previsto regresar durante los siguientes 6 meses, se censarán en el lugar a través de los organismos correspondientes.

Sí. Todas las personas que residen habitualmente en el país deben censarse, tengan o no DNI.

No. Los turistas extranjeros no deben censarse porque se encuentran en el país de forma temporal.

Sí. Las personas extranjeras que residen habitualmente (o por lo menos 6 meses) en el país deben censarse.

Las personas que vivan en un hotel turístico 4 días o más a la semana y no regresen habitualmente a una vivienda particular deberán censarse en esa vivienda colectiva.

Deberás censarte en la vivienda en la que residís y dormís 4 días o más a la semana, es decir, en la vivienda principal y no en la de fin de semana.

En caso de vivir en más de una vivienda, deberás censarte en aquella en la que vivís habitualmente, es decir, donde residís y dormís 4 días o más a la semana al momento del Censo. Si residís la misma cantidad de tiempo en cada una de las viviendas, deberás censarte en la que residiste en los últimos seis meses.

Medidas sanitarias en el contexto de la pandemia por COVID-19

  • Utilizar siempre el tapaboca de manera que cubra nariz y boca.
  • Mantener la distancia social reglamentaria de 2 metros respecto de otras personas.
  • Evitar el desarrollo de la entrevista presencial en el interior de la vivienda.
  • Higienizar las manos con soluciones a base de alcohol al empezar y terminar cada entrevista.
  • Evitar el contacto físico con las personas entrevistadas o compañeros de trabajo.
  • Cubrir la nariz y boca con el pliegue interno del codo en caso de estornudo o tos.